/Difusión Prensa Municipalidad de Berisso /
MEDIDAS PARA COMERCIOS, HORARIOS Y MODALIDADES DISPUESTAS POR EL MUNICIPIO

DE LOS COMERCIOS
Los locales comerciales autorizados a realizar su actividad comercial, por encontrase exceptuados por el decreto nacional podrán funcionar desde las 7.00 hasta las 20.00 horas
PLAZOS
PLAZOS
La presente medida regirá desde la 00.00 horas del lunes 23 de marzo hasta el 31 de marzo a las 24.00 horas
DE LOS COMERCIOS GASTRONÓMICOS
Los locales comerciales, cuyo giro sea la venta de comida elaboradas, podrán recibir pedidos ye entregarlos mediante deliverys hasta las 23 horas. Queda prohibido el uso de salón comedor de aquellos locales que los posean
PRÓRROGA
El plazo establecido en el presente decreto podrá ser prorrogado según las recomendaciones efectuadas por los Gobiernos nacionales y provincial
SANCIONES
Facúltese a la Dirección de Control Urbano a aplicar las sanciones comprendidas en las legislación a todos aquellos locales comerciales que incumplan con el presente decreto.