/Difusión Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Buenos Aires/

COVID-19. NOTA DIRIGIDA A MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES
25 de Marzo de 2020
Estimado
Dr. Matías Lammens
Ministro de Turismo y Deportes
S / D
En el marco de la pandemia de COVID-19 que vive el mundo y por supuesto nuestro país, comprendiendo y apoyando las medidas sanitarias tomadas, pero sin dejar de visualizar los efectos económicos y sociales generales ya muy críticos, escenario que seguramente tenderá a agravarse, acercamos a Ud. esta nota.
Basándonos en nuestra Ley Nacional de Turismo N 25997, que declara de interés nacional al turismo, que tiene por objeto el desarrollo y la regulación de la actividad, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable, estableciendo los mecanismos de participación y concertación con los sectores públicos y privados, instamos a la convocatoria y a la profundización de las medidas hacia nuestro sector, dejando claro a su vez nuestro compromiso, presencia y aporte institucional en dicho camino y esfuerzo.
El Turismo, sector socioeconómico cada vez más relevante en los hechos y en la políticas públicas, llamado siempre a ser una de las palancas de recuperación y desarrollo de la Argentina, por capacidad en la gestación de empleo, por complementariedad con otras actividades económicas y por ser generadora de divisas, es a su vez una actividad eminentemente de desplazamiento y de contacto entre personas, por lo que se encuentra profundamente afectado por la coyuntura de cuarentena.
Esta grave crisis ha llevado a nivel internacional a que la Organización Mundial del Turismo primero articule fuertemente con la Organización Mundial de la Salud (OMS) en pos de colaborar en las políticas sanitarias, para luego comenzar a medir los impactos negativos y a recalcular claramente los pronósticos estadísticos globales del 2020 (de crecer entre un 3 o 4 % a caer entre un 1 o 3%), terminando en estos días con la convocatoria a un Comité Mundial de Crisis para el Turismo, abocado a la elaboración orientativa de medidas urgentes de apoyo y recuperación.
Los profesionales que nos toca representar y regular, se desempeñan en todas las empresas de servicios turísticos posibles, como Hoteles, Agencias de Viaje, Empresas de Transporte, Organización de Eventos y Reuniones, Guías de Turismo, Consultoría, Recreación y Entretenimiento, Parques y Reservas, Parques Temáticos, etc. Lo hacen bajo relación de dependencia, de manera independiente o autónoma, son emprendedores y empresarios. Y todos están siendo afectados por la situación.
Por ende, desde los Colegios de Profesionales en Turismo de la Argentina, realmente preocupados por la situación y en defensa de las posibilidades laborales del ejercicio profesional, queremos instar al gobierno nacional a convocar a todas las organizaciones vinculadas a trabajar articuladamente en esta emergencia. Sabemos que se están haciendo esfuerzos y tomando medidas, pero creemos que la convocatoria interinstitucional debe ahondar y complementar el análisis de más y mejores instrumentos de política pública que accionen en pos del morigeramiento de los impactos negativos, así como de mecanismos que propicien la reactivación posterior.
A la espera de una pronta respuesta, saludamos a Ud. atte.
Firmantes:
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Rio Negro.
Ley Provincial Nº 2737. / Lic. Daniel Torres
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Misiones.
Ley Provincial Nº I-126. / Lic. Gonzalo Gómez
Colegio de Graduados en Turismo de la Provincia de Tucumán.
Ley Provincial Nº 7436. / TST. Carlos Néstor Gómez
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de San Juan.
Ley Provincial Nº 1051-A. / TST. y Guía Mario Lahoz
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de La Rioja.
Ley Provincial Nº 7543. / Lic. Flavio Fernández
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Jujuy.
Ley Provincial Nº 5461. / Lic. Juan José Martearena
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia del Neuquén.
Ley Provincial Nº 2716. / Lic. Guillermo Reyes
Colegio de Profesionales en Turismo de la Provincia de Buenos Aires.
Ley Provincial Nº 14799. / Lic. Esteban Zaballa