La Coordinadora de Cajas Profesionales se reunió con el Consejo Federal de Previsión Social

/Fuente: Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina/


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El lunes 29 de abril, técnicos y asesores de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para profesionales de la República Argentina se reunieron con sus homólogos en CO.FE.PRE.S (Consejo Federal de Previsión Social) para iniciar la labor de la Mesa Técnica Conjunta sobre el Régimen de Reciprocidad.

En primer lugar, los participantes repasaron conceptos generales sobre reciprocidad para luego adentrarse en el análisis de las diversas normativas relacionadas con la coordinación previsional. Se abordaron el régimen establecido por el Decreto Ley 9316 de 1946, así como la resolución 363/81 de la ex Subsecretaría de Seguridad Social de la Nación. El primero resulta aplicable a aquellos trabajadores que cuentan con aportes tanto al sistema nacional como a alguna de las Cajas provinciales para empleados públicos, mientras que el segundo es un convenio multijurisdiccional aplicable en situaciones en las cuales un afiliado no cumple con los requisitos necesarios para obtener una prestación jubilatoria en un solo régimen, sino que requiere la coordinación previsional entre dos o más regímenes en los que haya aportado durante su vida laboral, siendo al menos uno de ellos una Caja para Profesionales. El Dr. Sebastián Villa, Secretario Técnico Administrativo de la Coordinadora de Cajas, resumió estos aspectos.

Dado el transcurso del tiempo desde la promulgación de estas regulaciones y considerando los cambios sociales, tecnológicos, entre otros, el objetivo es analizar las modificaciones necesarias y proponer mejoras para su implementación. Además, se busca establecer una mayor coordinación entre los diferentes regímenes del país y realizar análisis orientados hacia una eventual reforma del sistema en el futuro.

Por otro lado, los técnicos exploraron la viabilidad de introducir un formulario único para los trámites de reciprocidad, el cual sería adoptado por las diferentes instituciones. También se discutió la posibilidad de implementar una normativa de interpretación y procedimiento para los trámites de reciprocidad, lo que facilitaría la comprensión y aplicación de las fórmulas necesarias para determinar los derechos y la prorrata correspondiente a cada organismo.

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