~Comunicado Bloque Cambiemos – Concejo Deliberante de Berisso/Con Audio Equipo Clip Urbano~

El Concejal de la Ciudad de Berisso, Dante Julián Angeloni, en diálogo con Clip Urbano se refirió al proyecto de ordenanza presentado por el bloque Cambiemos que establece sanciones a los padres o tutores de los menores que incurran en actos de vandalismo, daños, desmanes, desórdenes y agresiones en la vía pública.
Angeloni explicó que si bien el proyecto surge por las reiteradas amenazas de bomba que sufrieron algunas instituciones educativas, apunta también a evitar mediante estas sanciones inconvenientes que pueden tener lugar en la vía pública como hechos de violencia o vandalismo que dañen menores a los bienes públicos o privados.
«Es una ordenanza que busca ayudar a la fuerzas que están interviniendo para resolver ciertas problématicas en la ciudad de Berisso. Establece una serie de multas a los menores y sus padres por una cierta cantidad de dinero que establecería el juzgado de faltas. Esto surgió con la idea de aportar a las fuerzas de seguridad, asistencia y a los ámbitos educativos que se ven afectados».
Reproducir Audio : Dante Julián Angeloni
Dadas las repetidas amenazas de bomba efectuadas a las instituciones educativas y los recientes hechos vandálicos. Los Concejales de Cambiemos Berisso presentaron:
✔Serán sancionados los padres, tutores, curadores, y/o guardadores con 30 a 500 módulos de multa, según lo considere el Juez de Faltas Municipal, cuando se detecten las siguientes conductas efectuadas por los menores a su cargo:
a) El que con propósitos de hostilidad o burla, perturbe de cualquier forma una reunión, espectáculo, fiesta, ceremonia religiosa o política, establecimiento educativo o instituciones, tanto públicas como privadas;
b) Los que efectúen amenazas de bomba a los establecimientos educativos;
c) Los que produzcan hechos de vandalismo, daños, desmanes, desórdenes y agresiones en la vía pública;
✔La acción por la comisión de faltas es pública y debe la policía proceder de oficio. Cualquier persona mayor de dieciséis años puede formular denuncia verbal o escrita ante la Policía.
✔El obrar culposo es suficiente para la punibilidad de la falta.
✔El que intervenga en la comisión de una falta como autor o partícipe, quedará sometido a la misma pena.
El encubrimiento solo será sancionado cuando constituya una contravención específicamente determinada.
El instigador será sometido a la misma pena del autor.
✔Una vez constatada la denuncia o falta, las actuaciones pasaran al Juzgado de Faltas Municipal, donde luego de respetarse el debido proceso, se determinará la pena a cumplir.